La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) expidió la Resolución 000563 de 2026, mediante la cual se establecen los requisitos, el procedimiento y las tarifas aplicables para la evaluación de las solicitudes y la expedición de los certificados necesarios para acceder a los incentivos tributarios previstos en la Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021. La resolución aplica a proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), acciones o medidas de Gestión Eficiente de la Energía (GEE) y proyectos de Hidrógeno.
Uno de los principales cambios corresponde al procedimiento de presentación y evaluación de las solicitudes. El nuevo esquema incorpora validaciones previas a través del aplicativo, por lo que el solicitante deberá cargar de manera completa y correcta la información y documentación requerida. Una vez la solicitud sea radicada exitosamente a través del aplicativo, la UPME iniciará la evaluación técnica correspondiente.
La resolución establece además un término de hasta treinta (30) días hábiles para resolver las solicitudes de FNCE, GEE e Hidrógeno. Durante la evaluación, la UPME podrá solicitar aclaraciones o información complementaria por una única vez. En estos casos, el término de evaluación se suspenderá hasta que el solicitante presente la respuesta correspondiente, y posteriormente se reanudará por el tiempo restante, adicionando hasta diez (10) días hábiles para definir el resultado.
Un aspecto particularmente relevante corresponde a los vehículos eléctricos e híbridos. La nueva regulación establece que no procederá la modificación de los certificados UPME asociados a estos bienes; cuando se requiera modificar la información certificada, el solicitante deberá presentar una nueva solicitud. Esta restricción aplica exclusivamente a los vehículos eléctricos e híbridos, mientras que los demás bienes y servicios correspondientes a proyectos de FNCE, acciones o medidas de GEE y proyectos de Hidrógeno continúan sujetos a las disposiciones establecidas para la modificación de certificados.
Finalmente, la Resolución 000563 de 2026 establece un período de transición asociado a la implementación del nuevo aplicativo. Durante quince (15) días calendario contados a partir de su entrada en vigencia, el aplicativo permanecerá inhabilitado para la radicación de nuevas solicitudes, con el propósito de realizar la migración al nuevo sistema. Esta medida no aplica a las solicitudes relacionadas con movilidad eléctrica. Adicionalmente, las solicitudes que hayan sido radicadas antes de la entrada en vigencia de la resolución continuarán tramitándose de acuerdo con las disposiciones vigentes al momento de su radicación.
Consulte más acerca de este Resolución en el siguiente enlace: Resolución UPME 000563 de 2026 – Nuevos requisitos y procedimiento para los incentivos tributarios de la Ley 1715 de 2014


