Proyecto de Resolución – Términos de referencia para la elaboración de estudios de sustracción de áreas de reserva forestal de orden nacional y regional

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS a través de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, pone a disposición del público para comentarios el Proyecto de Resolución, “Por la cual se adoptan los términos de referencia para la elaboración del estudio técnico que sustenta la solicitud de sustracción de áreas de reserva forestal del orden nacional y regional, para el desarrollo de actividades declaradas por Ley de utilidad pública o interés social, y se dictan otras determinaciones”.

El Proyecto de Resolución tiene por objeto adoptar los términos de referencia para la elaboración del estudio técnico que sustenta la solicitud de sustracción de áreas de reservas forestales del orden nacional y regional, para el desarrollo de actividades declaradas por Ley de utilidad pública o interés social. Además, será aplicable a las solicitudes de sustracción a las que hace referencia el inciso 1 del artículo 210 del Decreto Ley 2811 de 1974 y el artículo 2.2.2.1.3.9. del Decreto 1076 de 2015, relacionados con las Reservas Forestales nacionales y regionales.

Las solicitudes de sustracción de reservas forestales nacionales y regionales serán presentadas en los términos establecidos por el Capítulo I del Título II de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 de 2015. Las autoridades ambientales competentes resolverán dichas solicitudes siguiendo el procedimiento administrativo general previsto en el Título III de la Ley 1437 de 2011, dentro del término definido por el numeral 2° del artículo 14 de la misma ley, para la resolución de consultas.

Previo a la expedición del Acto Administrativo de inicio del trámite, la Autoridad Ambiental competente realizará la liquidación por cobro de los servicios de evaluación y seguimiento, a la que hace referencia el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, y el solicitante acreditará el respectivo pago. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible reglamentará el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de la sustracción de reservas forestales, dentro del término de doce (12) meses siguientes a la publicación de la Resolución.

La Resolución de comentarios se realizará desde el 8 al 14 de marzo de 2024, a través de los correos jjcastrog@minambiente.gov.co, AFGonzalez@minambiente.gov.co.

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