El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS a través de su Dirección de Asuntos Ambientales, Sectorial y Urbana pone a disposición del público para comentarios el Proyecto de Resolución, “Por medio de la cual se establecen los parámetros y los valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales de Aguas Residuales No Domésticas Tratadas al Suelo, y se dictan otras disposiciones”.
El Proyecto de Resolución tiene como objetivo establecer los parámetros y los valores límites máximos permisibles que deberán cumplir los vertimientos puntuales de aguas residuales no domésticas tratadas (ARnD-T) realizados al suelo. Esta iniciativa busca fortalecer el control ambiental sobre este tipo de descargas, incorporando criterios técnicos que permitan proteger las características físicas, químicas y biológicas del suelo como recurso natural receptor.
El Proyecto define las Aguas Residuales Domésticas (ARD) como aquellas provenientes de actividades asociadas al uso residencial y de servicios sanitarios, incluyendo descargas de retretes, duchas, lavamanos, cocinas, áreas de aseo y lavado de ropa de origen doméstico. Por su parte, las Aguas Residuales no Domésticas (ARnD) corresponden a las generadas por actividades industriales, comerciales o de servicios, así como a cualquier mezcla entre aguas residuales domésticas y no domésticas, independientemente de la proporción en que estas se combinen.
Uno de los aspectos más relevantes del Proyecto es la adopción de una metodología para la categorización de los suelos que recibirán vertimientos de ARnD-T. Para ello, se establece una guía técnica que permitirá determinar la capacidad y aptitud del suelo como matriz receptora, considerando información suministrada por el usuario dentro del trámite de solicitud del permiso de vertimiento. Esta categorización servirá como base para la definición de los parámetros de control y los límites permisibles aplicables a cada caso.
Adicionalmente, el Proyecto aclara que las aguas residuales que contengan desechos radiactivos continuarán regulándose mediante la normativa específica expedida por el Ministerio de Minas y Energía en materia de protección radiológica y gestión de residuos radiactivos. De esta manera, se mantiene un tratamiento diferenciado para este tipo de efluentes debido a sus características y riesgos particulares.
En términos prácticos, la entrada en vigor de esta regulación podría implicar mayores exigencias para los sectores productivos que realicen vertimientos al suelo, especialmente en lo relacionado con la caracterización de efluentes, la evaluación de las condiciones del suelo receptor y la optimización de los sistemas de tratamiento. Asimismo, representa un avance en la gestión ambiental preventiva, al incorporar criterios técnicos que permitan minimizar los impactos asociados a la disposición de aguas residuales tratadas sobre los ecosistemas terrestres.
La recepción de comentarios se realizará desde el 18 de junio al 3 de julio de a través de los correos dcjimenezt@minambiente.gov.co y lcmontenegrod@minambiente.gov.co.
Consulte este Proyecto de Resolución en el siguiente enlace: Proyecto de Resolución – Parámetros y valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales de Aguas Residuales No Domésticas Tratadas al Suelo


