Proyecto de Decreto – Directrices para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS a través de su Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y Sistema Nacional Ambiental (SINA) pone a disposición del público el Proyecto de Resolución, “Por medio de la cual se establecen directrices para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá”.

El Proyecto de Decreto tiene por objeto establecer directrices para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá como área de interés ecológico nacional, con el fin de garantizar su integridad ecológica, fortalecer la resiliencia territorial y climática, ordenar el territorio alrededor del agua y promover la sostenibilidad de las actividades productivas, sociales y culturales.

En el marco del Plan Nacional de Restauración, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las corporaciones autónomas regionales, las autoridades ambientales señaladas en el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, las entidades territoriales y los esquemas asociativos territoriales deberán definir de manera coordinada las áreas, objetivos y proyectos orientados a la restauración ecológica de la Sabana de Bogotá, promoviendo la participación de organizaciones sociales y ambientales, comunidades campesinas, academia, sector privado y autoridades indígenas, entre otros actores relevantes.

El proyecto reconoce al bosque natural andino y a la subxerofitia andina como determinantes del ordenamiento territorial, por lo que las autoridades ambientales y territoriales deberán garantizar la protección e integridad ecológica de estos ecosistemas estratégicos, en el marco de sus competencias.

Asimismo, establece lineamientos para la conservación y manejo de los humedales lóticos y lénticos de la Sabana de Bogotá, reconociéndolos como ecosistemas esenciales para la regulación hídrica, la conservación de la biodiversidad, la gestión del riesgo y la adaptación al cambio climático. En consecuencia, las entidades competentes deberán adoptar medidas orientadas a garantizar su integridad ecológica y funcional.

Para las intervenciones no sujetas a licencia ambiental, el proyecto dispone directrices orientadas a minimizar las afectaciones sobre los humedales y sus rondas hídricas, incluyendo la delimitación adecuada de las rondas hídricas conforme a la normativa vigente, la implementación de acciones con enfoque de rehabilitación y restauración ecológica, y la prevención de impactos que puedan alterar la funcionalidad geomorfológica, hidrológica y ecosistémica de estos cuerpos de agua o generar nuevas condiciones de riesgo ambiental.

Finalmente, el proyecto establece que las disposiciones previstas en el decreto tendrán aplicación únicamente hacia el futuro y no producirán efectos retroactivos. En ese sentido, no modificarán situaciones jurídicas consolidadas, instrumentos de ordenamiento y planificación previamente adoptados, permisos, licencias y autorizaciones vigentes, procesos de legalización urbanística, contratos en ejecución, proyectos de infraestructura en desarrollo, ni aquellos proyectos que hayan culminado satisfactoriamente su fase de prefactibilidad antes de la entrada en vigencia del decreto.

La recepción de comentarios se realizará desde el 26 al 28 de mayo de 2026, a través del correo hramirezh@minambiente.gov.co

Consulte este Proyecto de Resolución en el siguiente enlace: Proyecto de Decreto – Directrices para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá