El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS a través de su Dirección de Asuntos Ambientales, Sectorial y Urbana pone a disposición del público el Proyecto de Resolución, “Por la cual se adoptan los Términos de Referencia -TdR- y se establecen los criterios diferenciales del procedimiento de licenciamiento ambiental de pequeña minería para comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, en sus territorios colectivos, territorios en trámite de adjudicación y ocupados ancestralmente de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2.2.5.11.5.8 del Decreto 1396 de 2023 y se dictan otras disposiciones”.
El proyecto de resolución tiene por objeto establecer criterios diferenciales para el procedimiento de licenciamiento ambiental aplicable a las actividades de pequeña minería que cuenten con contrato de concesión minera especial, y que sean desarrolladas de manera exclusiva y directa por comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras en sus territorios colectivos, en territorios en trámite de adjudicación o en aquellos ocupados ancestralmente por estas comunidades.
Asimismo, el proyecto adopta los Términos de Referencia (TdR) para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), contenidos en el documento anexo que hace parte integral de la resolución.
En este sentido, las comunidades que cuenten con un contrato de concesión minera especial debidamente inscrito en el Registro Minero Nacional y que estén interesadas en obtener la licencia ambiental para el desarrollo de actividades de pequeña minería, deberán radicar la solicitud ante la autoridad ambiental competente, ya sea las Corporaciones Autónomas Regionales, las Corporaciones de Desarrollo Sostenible, los Grandes Centros Urbanos o las autoridades ambientales creadas mediante la Ley 768 de 2002, según corresponda a su jurisdicción.
De igual manera, se adoptan los Términos de Referencia Diferenciales para la elaboración del EIA en el marco de contratos de concesión minera especial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.5.11.5.8 del Decreto 1396 de 2023. Estos TdR, identificados con el código correspondiente y contenidos en el Anexo No. 1, hacen parte integral del acto administrativo.
Los Términos de Referencia Diferenciales incorporan requisitos ajustados a las condiciones particulares de las actividades de pequeña minería desarrolladas por estas comunidades, reconociendo sus características sociales, culturales y territoriales, y garantizando un enfoque acorde con sus realidades y necesidades.
La recepción de comentarios se realizará desde el 23 de abril hasta el 14 de mayo de 2026, a través de los correos HLBermudez@minambiente.gov.co, AMendez@minambiente.gov.co.
Consulte este Proyecto de Resolución en el siguiente enlace: Proyecto de Resolución – Términos de Referencia y criterios diferenciales del procedimiento de licenciamiento ambiental de pequeña minería para comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, en sus territorios colectivos


