Proyecto de Resolución – Actualización de los términos de referencia para la elaboración del EIA para proyectos de dragado de profundización de canales de acceso a puertos marítimos

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS a través de su Dirección de Asuntos Ambientales, Sectorial y Urbana pone a disposición del público el Proyecto de Resolución, “Por medio de la cual se actualizan los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental requerido para el trámite de la licencia ambiental de los proyectos de dragado de profundización de canales de acceso a puertos marítimos, y se toman otras determinaciones”.

El objeto del presente Proyecto de Resolución es actualizar los Términos de Referencia identificados con el código TdR-024 para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), requerido dentro del trámite de licenciamiento ambiental para proyectos de dragado de profundización de canales de acceso a puertos marítimos.

El interesado en obtener la licencia ambiental deberá verificar que, dentro del Estudio de Impacto Ambiental, no se excluyan aspectos que puedan afectar o generar deterioro grave a los recursos naturales renovables o al ambiente, así como tampoco aquellos que puedan introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje.

No obstante, el solicitante podrá suprimir o abstenerse de presentar aquella información requerida en los términos de referencia que considere no pertinente o que no aplique a las características específicas de su proyecto, obra o actividad.

Por otra parte, los proyectos de dragado de profundización de canales de acceso a puertos marítimos que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, hayan radicado su respectivo Estudio de Impacto Ambiental con base en los términos de referencia adoptados mediante la Resolución 1272 del 30 de junio de 2006, continuarán su trámite y serán evaluados conforme a lo dispuesto en dicha normativa.

Finalmente, los Estudios de Impacto Ambiental elaborados bajo los términos de referencia adoptados mediante la Resolución 1272 de 2006 que, a la fecha de entrada en vigencia del presente acto administrativo, no hayan sido radicados ante la autoridad ambiental competente, deberán presentarse en un término máximo de seis (6) meses contados a partir de dicha entrada en vigencia. Una vez cumplido este plazo, los EIA que se presenten deberán haber sido elaborados con base en los términos de referencia adoptados por la presente resolución.

La recepción de comentarios se realizará desde el 12 al 27 de febrero de 2026 a través de los correos MoLopez@minambiente.gov.co y jeburgos@minambiente.gov.co.

Consulte este Proyecto de Resolución en el siguiente enlace: Proyecto de Resolución – Actualización de los términos de referencia para la elaboración del EIA para proyectos de dragado de profundización de canales de acceso a puertos marítimos