Proyecto de Ley, “Por el cual se regulan las condiciones de bienestar animal en la reproducción, cría y comercialización de animales de compañía en el territorial colombiano”.
El Proyecto de Resolución tiene por objeto regular las actividades que ejerzan las personas naturales debidamente inscritas en el Registro Mercantil y las personas jurídicas dedicadas a la reproducción, cría y comercialización de animales de compañía, así como fomentar su adopción y tenencia responsable, garantizando el cumplimiento de los principios de bienestar y protección animal establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano.
Para efectos de la presente resolución, se entenderá por animales de compañía aquellos animales domésticos que viven ordinariamente bajo la dependencia de una persona, y que son criados, cuidados y protegidos para el disfrute de su compañía. Se excluyen de esta definición los animales pertenecientes a la fauna silvestre, los animales exóticos o no convencionales, los animales bravíos o salvajes que viven libres e independientes de los seres humanos, así como aquellos cuya tenencia o comercialización se encuentre expresamente prohibida por la normativa vigente.
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud y Protección Social, conjuntamente con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, deberá expedir, dentro de un plazo máximo de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el protocolo de operación aplicable a las personas naturales y jurídicas debidamente inscritas en el Registro Mercantil, que desarrollen actividades de cría, reproducción y comercialización de animales domésticos.
Todos los animales de compañía, en especial perros y gatos, que sean objeto de cría, reproducción y comercialización a partir de la promulgación de la presente ley, deberán estar identificados mediante microchip de quince (15) dígitos, conforme a la norma ISO/ICAR 11784/85, y registrados en una plataforma autorizada por el Gobierno Nacional. Así mismo, deberán contar con sello y firma de un médico veterinario y estar debidamente inscritos en la plataforma del Registro Único Nacional de Criaderos y Comercializadores de Animales de Compañía (RUNCCAC).
Consulte este Proyecto de Decreto en el siguiente enlace: Proyecto de Ley – Regular las condiciones de bienestar animal en la reproducción, cría y comercialización de animales de compañía


