El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS a través de su Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos pone a disposición del público el Proyecto de Resolución, “Por medio de la cual se derogan las Resoluciones 1527 de 2012 y 1274 de 2014, se unifican las actividades de bajo impacto ambiental y que generan beneficio social al interior de las áreas de reserva forestal, sin sustracción previa, y se adoptan otras determinaciones”.
La Proyecto de Resolución tiene como finalidad definir las actividades de bajo impacto ambiental y de beneficio social que pueden desarrollarse dentro de las áreas de reserva forestal sin necesidad de adelantar el trámite de sustracción, así como establecer las condiciones para su ejecución. Estas actividades están orientadas a garantizar la gestión, conservación y uso sostenible de estos territorios, siempre que no generen afectaciones significativas sobre los ecosistemas protegidos.
Entre las actividades permitidas se incluyen aquellas necesarias para la administración de las reservas forestales, así como la adecuación, modificación o restauración de infraestructuras existentes, siempre que no impliquen ampliaciones sustanciales. También se autorizan labores asociadas a seguridad nacional y regional, infraestructura para servicios públicos rurales —como acueductos, alcantarillado y equipamientos comunitarios—, así como la instalación de torres de telecomunicaciones, estaciones de monitoreo ambiental e infraestructura de recreación pasiva y senderismo, bajo criterios de mínima intervención y sin apertura de nuevos caminos.
La norma contempla igualmente actividades relacionadas con investigación científica, arqueológica y geológica, exploración hidrogeológica, agricultura campesina familiar y comunitaria en condiciones aptas, infraestructura de riego limitada, y proyectos forestales que cumplan con la normativa vigente. Se permite la construcción y adecuación de vivienda rural dispersa, incluidos sistemas de tratamiento de aguas residuales, con restricciones específicas para reservas forestales protectoras nacionales y regionales.
Finalmente, se autorizan actividades orientadas a la restauración ecológica, manejo del riesgo, mantenimiento y mejoramiento básico de vías existentes, obras menores de protección, desminado humanitario, y despliegue de infraestructura energética renovable o de telecomunicaciones mediante fibra óptica subfluvial. Todas estas acciones deben cumplir estrictamente con los criterios técnicos y ambientales establecidos, garantizando la integridad de los ecosistemas forestales y la protección de sus funciones ecológicas.
La recepción de los comentarios se realizará desde el 3 al 17 de diciembre de 2025, a través del correo Smesa@minambiente.gov.co.
Consulte este Proyecto de Resolución en el siguiente enlace: Proyecto de Resolución – Derogar las Resoluciones 1527 de 2012 y 1274 de 2014, en relación con las actividades de bajo impacto ambiental y que generan beneficio social al interior de las áreas de reserva forestal


