La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC)emitió la Carta Circular 067 de 21 de noviembre de 2025, Plan de Implementación de la Circular Externa 015 de 2025 sobre la “Gestión de los riesgos ambientales y sociales, incluidos los climáticos en las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia”.
La Carta Circular establece los elementos mínimos que deben incluir los Planes de Implementación que las entidades vigiladas deben presentar sobre la adopción de la Circular Externa 015 de 2025, la cual trata sobre la gestión de riesgos ambientales y sociales, incluidos los climáticos.
Plazos y Aplicabilidad
- Las entidades vigiladas deben remitir el plan de implementación a la SFC dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición de la Circular 015 de 2025.
- La fecha límite para la presentación formal del plan ante la SFC es el 3 de abril de 2026.
- El plazo máximo para la implementación completa de las disposiciones es de 18 meses.
- Las disposiciones de la Sección I del Capítulo XXXIII aplican a todas las entidades vigiladas (salvo excepciones).
- Las disposiciones de la Sección II (riesgos en operaciones de crédito) aplican solo a las entidades definidas en el numeral 2.2 del Capítulo XXXIII.
Componentes Mínimos del Plan
El Plan de Implementación, que debe organizarse de acuerdo con los principios de proporcionalidad y relevancia, debe incluir como mínimo los siguientes 9 componentes:
- Ruta de implementación: Debe establecer objetivos, políticas, procedimientos, la estrategia de ejecución, cómo se articulará con la gestión de riesgos actual y las fases del proceso (ej. levantamiento de información, capacitación).
- Cronograma de avance: Debe fijar fechas para cada fase, considerando el plazo máximo de 18 meses y la fecha límite de presentación del plan, e indicar si la implementación será anticipada.
- Responsables y estructura organizacional: Debe definir las áreas involucradas, los roles, funciones, y qué órganos de gobierno (ej. Junta Directiva) estarán a cargo de la aprobación y supervisión.
- Presupuesto y recursos asignados: Debe asignar los recursos humanos, tecnológicos y financieros necesarios, con una estimación por fase.
- Capacitación: Debe identificar las actividades de formación para fortalecer las capacidades técnicas del personal.
- Mecanismos de seguimiento: Debe establecer cómo se monitoreará el avance, incluyendo indicadores (cualitativos y cuantitativos), frecuencia de revisión, e información a los órganos de gobierno.
- Etapas en la gestión de riesgo ambiental y social, incluidos los climáticos: Describir cómo se incorporará de manera progresiva la identificación, medición, control y monitoreo de estos riesgos (Sección I y/o Sección II aplicable).
- Documentación: Establecer cómo se garantizará la trazabilidad de las decisiones, acciones y la conservación de los soportes técnicos para verificación de la SFC.
- Consideraciones adicionales: Se reitera la libertad metodológica para definir herramientas. Las entidades con avances significativos pueden reflejarlos, mientras que las demás deben seguir íntegramente la estructura de esta Carta Circular.
Consulte este documento en el siguiente enlace: Carta Circular 067 de 2025 – Plan de Implementación de la Circular Externa 015 de 2025 “Gestión de los riesgos ambientales y sociales, incluidos los climáticos en entidades vigiladas”


