Proyecto de Ley, “Por medio de la cual se promueve y regula la Bioconstrucción, la Construcción Sostenible, y la Arquitectura y Vivienda Tradicional, se adoptan medidas para reducir los Residuos de Construcción y Demolición -RCD- en el sector de la construcción y se dictan otras disposiciones”.
El Proyecto de Ley tiene por objeto promover, regular y establecer incentivos para la Bioconstrucción, la Construcción Sostenible y la Arquitectura y Vivienda Tradicional, así como su reconocimiento. De igual manera, fija medidas para reducir los Residuos de Construcción y Demolición – RCD, en el sector de la construcción. Impulsando de este modo una Transición Socioecológica hacia la sostenibilidad -TSS y el fortalecimiento de la economía circular en este sector.
El Proyecto de Ley define la Bioconstrucción como un modelo constructivo centrado en la conservación de la vida, que integra criterios y técnicas de sostenibilidad ambiental como; eficiencia energética, bajas emisiones en carbono, materiales naturales y diseño bioclimático, durante todo el ciclo de vida de la edificación, a saber; diseño y planeación, construcción, uso y mantenimiento, renovación y de construcción. Así mismo, busca la integridad con el entorno y el bienestar y confort en la habitabilidad.
Por otro lado, la Ley establece que las naturales y jurídicas que implementen proyectos constructivos basados en Bioconstrucción y Construcción Sostenible podrán acceder a:
- Exención de impuesto por ganancia ocasional para bienes nuevos que cumplan con el debido certificado y requisitos de ser de Bioconstrucción o Construcción sostenible.
- Reducción del pago de derechos arancelarios para equipos que usen fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCE).
- Reducción de IVA en la compra de equipos o maquinaria que se destine al proyecto.
- Acceso a Créditos Verdes.
- Certificaciones ambientales y reconocimiento de Sello Ambiental Colombiano (SAC).
- Priorización de este tipo de proyectos en las convocatorias públicas.
- Reducción de gastos notariales en un cincuenta por ciento (50%) en compraventa de bienes inmuebles y registro de vivienda nueva, en cada uno de sus componentes; impuestos de escrituración, impuestos de beneficencia y registro, gastos de hipoteca, y otros a los que haya lugar.
Consulte este Proyecto de Ley en el siguiente enlace: Proyecto de Ley – Promover y regular la Bioconstrucción, la Construcción Sostenible, y la Arquitectura y Vivienda Tradicional


