Proyecto de Ley, “Por la cual se reforma el Código de Minas y se dictan otras disposiciones”.
El Proyecto de Ley tiene por objeto de modificar, adiciona, complementar y regular las relaciones entre la comunidad minera (Titulares, Explotadores Mineros Autorizados, mineros de subsistencia, beneficiarios y comercializadores) y el Estado, contenidas en la Ley 685 de 2001, otras leyes concordantes y declara la actividad minera como de interés nacional estratégico para la Nación.
El Proyecto de Ley establece que los Distritos Mineros Especiales se categorizan como jurisdicciones geológico mineras, sociales y económicas estratégicas, como continuidad geográfica y geológica, identificados por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME). El Ministerio de Minas y Energía delimitará, con la participación regional y local de los actores empresariales, sociales, de Gobierno y demás entes administrativos involucrados en los procesos de la minería, nuevas áreas estratégicas mineras en el territorio nacional, a las que igualmente se le denominarán Distritos Mineros Especiales, mediante las cuales se facilitará la relación Estado – Sociedad – Territorio y se estimulará la planeación participativa con un contexto de gobernanza, desarrollo humano y equilibrio para la competitividad del territorio.
Los Distritos Mineros Especiales serán un instrumento de planificación, gestión y articulación para la productividad y competitividad sostenible de las regiones mineras. La Autoridad Minera garantizará la articulación de las estrategias aplicadas sobre los Distritos Mineros Especiales con el Sistema Nacional de Competitividad.
Consulte este Proyecto de Ley en el siguiente enlace: Proyecto de Ley – Reforma el código de minas


