Resolución 421 de 2024 – Medidas de protección de ecosistemas de importancia internacional, que conformar el sitio “RAMSAR COMPLEJO DE HUMEDALES URBANOS DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ”

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) emitió la Resolución 421 del 15 de abril de 2024, “Por la cual se adoptan medidas de protección de ecosistemas de importancia internacional, que conforman el sitio “RAMSAR COMPLEJO DE HUMEDALES URBANOS DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ”, y se toman otras determinaciones”.

El objeto de la Resolución es implementar, en aplicación al principio de precaución, medidas de protección ambiental en los humedales Juan Amarillo, Jaboque y Córdoba, que integran el Complejo de Humedales Urbanos del Distrito Capital de Bogotá, designado como ecosistema de importancia especial e internacional bajo la categoría RAMSAR, para efectos de proteger su vocación ambiental, la responsabilidad del Estado de asumir sus obligaciones ambientales dentro de la CONVENCIÓN RAMSAR, asegurar su interconectividad ecosistémica y garantizar la efectividad de la oferta de los servicios ambientales en procura de un desarrollo sostenible.

Las medidas de protección se adoptan dentro del área geográfica definida en la cartografía nacional presentada por la declaratoria del Complejo de Humedales Urbanos del Distrito Capital de Bogotá y en específico respecto de los humedales Juan Amarillo, Jaboque y Córdoba.

La Resolución ordena que para evitar mayores perjuicios a los ecosistemas, se establecen como medidas de protección ambiental las siguientes:

  • Evitar el avance de obras de endurecimiento, de infraestructura urbana y cualquier actividad actual o futura que puedan generar afectación, desmedro de los valores ambientales o a que estén asociados a la intensificación de los factores de riesgo sobre los humedales.
  • Ordenar se efectué una evaluación de impacto ambiental para cada uno de los humedales.
  • Establecer de ser necesario medidas para mitigar los posibles impactos sobre las funciones ecosistémicas de los humedales.
  • Adoptar las medidas para recuperar, rehabilitar y/o restaurar dicho ecosistemas sobre las funciones ecosistémicas de los humedales, si a ello hubiere lugar.
  • Convocar la conformación del Comité Regional de Humedales para el complejo de humedales urbanos del Distrito Capital de Bogotá.

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