Proyecto de Ley – Pasos de fauna como una estrategia para implementar en las vías terrestres

Proyecto de Ley, “Por medio de la cual se establecen los pasos de fauna como una estrategia para implementar acciones en las vías terrestres para la prevención y mitigación de atropellamiento y cualquier otro tipo de daños o desmejoramiento del bienestar animal por causa de la construcción en una determinada vía y se dictan otras disposiciones”.

El Proyecto de Ley tiene por objeto establecer los pasos de fauna, como una estrategia para implementar acciones en las vías terrestres para la prevención y mitigación de atropellamientos y cualquier otro tipo de daños o desmejoramiento del bienestar animal por causa de la construcción en una determinada vía. Teniendo presente las posibles afectaciones que puedan causarse, cuando los ecosistemas y la biodiversidad existente son intervenidos al ejecutar trabajos de construcción, mantenimiento, mejoramiento y rehabilitación en una determinada vía y/o puente, o zona adyacente a la misma.

Se entiende por paso de fauna cualquier tipo de estructura, que permita el flujo o paso adecuado de especies animales a través de una vía, asegurando la continuidad del ecosistema fragmentado por la infraestructura, conexión o reconexión entre hábitats y la conservación de hábitats naturales conectados entre sí. El paso puede tener lugar a través de ecoductos, paso entre árboles, paso superior multifuncional, paso inferior multifuncional, drenajes adaptados, túneles, deprimidos o soterrados, viaductos, obra de arte ya existentes o modificadas o no (Puente, Pontón, Box coulvert), entre otros siempre y cuando se destinen para cumplir la función señalada.

Además, establece que el mantenimiento de la infraestructura diseñada como paso de fauna, será responsabilidad de la entidad o concesionario responsable del mantenimiento de la vía producto de un acuerdo de voluntades en las etapas previas a la construcción de la misma y deberá ser complementada con la instalación de señales preventivas a lo largo del corredor vial con el fin de alertar a los usuarios sobre la presencia de los mismos. Esta señalización deberá estar de acuerdo con la normativa expedida por el Ministerio de Transporte.

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