Resolución 20217000237 de 2021 – Prohibición de plásticos de un solo uso en parques ecoturísticos

Desde el próximo 8 de septiembre queda totalmente prohibido el ingreso de plásticos de un solo uso a los seis parques ecoturísticos que administra la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, es decir, el Embalse del Neusa; Río Neusa, Puente Sopó, Embalse El Hato, Juan Pablo II y la laguna del Cacique Guatavita.

La medida que ya se empezó a aplicar de manera pedagógica desde el pasado 8 de junio busca que se produce por los más de 1.600 kilogramos de desechos plásticos que anualmente los turistas ingresan a estos parques de la Corporación.

Con la medida queda restringido el ingreso de bolsas plásticas; vasos, platos, bandejas y cubiertos plásticos; mezcladores y pitillos plásticos; botellas plásticas (incluyendo sus tapas); elementos en icopor; recipientes utilizados para empacar o envasar comidas y alimentos preparados en el sitio o para llevar y consumir, con excepción de plásticos con propósitos médicos por razones de asepsia e higiene, entre otros.

La medida la deberán aplicar todas las personas que ingresen a los parques, es decir, colaboradores y visitantes, así como los operadores turísticos que prestan servicio de restaurante u otras actividades en estos sitios.

Consulte esta Resolución en el siguiente enlace: RESOLUCIÓN DGEN No. 20217000237 del 8 junio de 2021 – Prohibición de plásticos de un solo uso en parques ecoturísticos