El Ministerio de Minas y Energía expidió el Decreto 1378 del 21 de octubre de 2020, “Por el cual se adiciona el Decreto Único Reglamentario No 1073 de 2015, respecto a los requisitos diferenciales para el otorgamiento de contratos de concesión a mineros de pequeña escala y beneficiarios de devolución de áreas “.
Dicho Decreto establece las condiciones de acceso a los Mineros de Pequeña Escala señalados en el artículo 2.2.5.4.4.1.1.3 de esta Sección y los Beneficiarios de Devolución de Áreas para la formalización, que no cuenten con título minero, podrán acceder por una única vez, a un solo contrato de concesión mediante requisitos diferenciales.
Además establece que los Mineros de Pequeña Escala y los Beneficiarios de Devolución de Áreas para la formalización, deberá cumplir con los siguientes requisitos para la presentación de la Propuesta de Contrato de Concesión:
- Selección del área libre o área de solicitud de conversión o área objeto de devolución que sea requerida en concesión, en el Sistema Integral de Gestión Minera.
- Indicación del mineral o minerales objeto del contrato.
- Presentación del anexo técnico.
- Acreditación de la capacidad económica.
Consulte el contenido del Decreto en el siguiente enlace: Decreto 1378 del 21 de octubre de 2020