Proyecto de Decreto – Modificación al Decreto 1076 de 2015, en lo relacionado al Diagnóstico Ambiental de Alternativas

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS a través de la Dirección de Asuntos Ambientales Sectorial y Urbana pone a disposición del público para comentarios el Proyecto de Decreto, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con el Diagnóstico Ambiental de Alternativas y el trámite de licenciamiento ambiental y se dictan otras disposiciones.”

Dicho Proyecto de Decreto establece adicionar un parágrafo primero (1º)., un parágrafo primero A (1º. A) Transitorio y un parágrafo segundo (2º) al artículo 2.2.2.3.4.4. de la sección 4, capítulo 3, título 2, parte 2, libro 2 del Decreto 1076 de 2015, los cuales quedarán así:

PARÁGRAFO 1°. El Acto Administrativo que elija la alternativa tendrá una vigencia de tres (3) años, contados a partir de su firmeza. Transcurrido este término, sin que el interesado radique la solicitud de Licenciamiento ambiental, la Autoridad Ambiental declarará la pérdida de su vigencia de conformidad con las reglas previstas en el artículo 2.2.2.3.8.7. del Decreto 1076 de 2015.

PARÁGRAFO 1° A. Transitorio. Lo dispuesto en el Parágrafo 1° de esta norma entrará a regir en un año (1) a partir de la fecha de publicación de este decreto modificatorio.

PARÁGRAFO 2°. Si el interesado presenta una solicitud de Licencia Ambiental con una alternativa distinta a la elegida en el Acto Administrativo del Diagnóstico Ambiental de Alternativas, la Autoridad Ambiental no dará trámite a la solicitud de Licencia Ambiental, debiendo el interesado solicitar el inicio de un nuevo trámite de Diagnóstico Ambiental de Alternativas.

La recepción de comentarios se realizará desde el 06 al 21 de octubre de 2020, a través del correo: mcabeza@minambiente.gov.co

Consulte más acerca de este Proyecto de Decreto en el siguiente enlace: Proyecto de Decreto – Modificación del Decreto 1076 de 205, en lo relacionado al DAA