El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) emitió la Resolución 0799 del 17 de junio de 2025, “Por la cual se reglamentan los Sistemas de Recolección y Gestión de las Baterías Usadas Plomo Ácido – BUPA y se dictan otras disposiciones”.
La presente Resolución tiene por objeto reglamentar las obligaciones de los productores, comercializadores, usuarios o consumidores de baterías plomo ácido, así como establecer los lineamientos y requisitos de los Sistemas de Recolección y Gestión de Baterías Usadas Plomo Ácido (BUPA), y dictar medidas relacionadas con la generación y el manejo ambientalmente de la BUPA, en el marco de la gestión integral de los residuos peligrosos, con el fin de proteger la salud humana y el ambiente.
Las disposiciones de la presente Resolución se aplican en todo el territorio nacional a los productores, comercializadores, usuarios o consumidores de baterías plomo ácido para vehículos automotores propulsados con motores de arranque de émbolo (pistón), a los establecimientos de comercio donde se presenten servicios de cambio de baterías y a los gestores de BUPA.
También aplica a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), las autoridades ambientales urbanas y regionales y a las entidades territoriales, en el marco de sus funciones y competencias.
La Resolución también establece que los productores de baterías plomo ácido que a partir de la entrada en vigencia de la Resolución superen el umbral deberán presentar para aprobación de la ANLA el Sistema de Recolección y Gestión de BUPA, a más tardar el 3 de abril del año siguiente al que se supere el umbral referido, teniendo en cuenta los indicadores de cumplimiento y de gestión que estén vigentes para el año de la presentación del sistema.
Consulte más acerca de esta Resolución en el siguiente enlace: Resolución 0799 de 2025 – Reglamentación de los Sistemas de Recolección y Gestión de las Baterías Usadas Plomo Ácido – BUPA


