El Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) emitió la Resolución 0963 del 3 de julio de 2025, “Por la cual se define los criterios y se elabora la metodología de valoración ambiental que determina el grado de conservación de los bienes ubicados en las áreas de páramos delimitados, conforme al artículo 8 de la Ley 1930 de 2018, y se toman otras determinaciones”.
La Resolución tiene por objeto definir los criterios y elaborar una metodología de valoración ambiental del grado de conservación, para los avalúos de bienes inmuebles ubicados en las áreas de páramos delimitados, en desarrollo del principio de distribución equitativa de cargas y beneficios, de conformidad con lo establecido en inciso 2 del artículo 8 de la Ley 1930 de 2018.
La Resolución es de obligatoria aplicación para la elaboración de avalúos de bienes inmuebles formales ubicados en áreas de páramos delimitados, en adquisiciones ejecutadas en el marco de funciones administrativas o de gestión públicas con cualquier tipo de recurso, así como en procesos judiciales adelantados en dichas áreas.
La Resolución define a la valoración ambiental de grado de conservación es el precio que se obtiene a realizar la monetización del índice de grado de conservación de un bien inmueble ubicado en áreas de páramo delimitado.
Consulte esta Resolución en el siguiente enlace: Resolución 963 de 2025 – Metodología de valoración ambiental que determina el grado de conservación de los bienes ubicados en páramos delimitados


