El Departamento Nacional de Planeación – DNP ha emitido el Proyecto de Decreto, “Por medio del cual se crea la Política de Calidad Acústica en Colombia de la que trata la Ley 2450 de 2025”.
La Política de Calidad Acústica tendrá aplicación en todo el territorio nacional y será observada por las entidades del orden nacional, en coordinación con las entidades territoriales, en el marco de su autonomía y de las competencias establecidas en la Ley 2450 de 2025 y demás normas que la desarrollen.
La implementación, evaluación y seguimiento de la Política estarán a cargo de las entidades responsables, las entidades vinculadas, las autoridades ambientales y las entidades territoriales competentes, de acuerdo con las funciones y responsabilidades asignadas por la Constitución Política, la ley y los reglamentos aplicables. Su desarrollo requerirá, por tanto, una actuación articulada entre los diferentes niveles de gobierno y los actores involucrados en la gestión de la calidad acústica.
Esta necesidad de articulación responde al carácter pluridimensional y multisectorial de la calidad acústica. El ruido y las vibraciones constituyen fenómenos que trascienden el ámbito estrictamente ambiental y que pueden generar efectos sobre la salud, el ambiente, la fauna, la convivencia y la salud ocupacional, entre otros aspectos. En consecuencia, su prevención, evaluación, mitigación y control requieren un abordaje integral que involucre diferentes sectores y competencias, así como una coordinación efectiva entre las autoridades del orden nacional, regional y territorial.
En este contexto, la Política se estructura a partir del objetivo general y los objetivos específicos establecidos en los artículos 4° y 5° de la Ley 2450 de 2025, los cuales orientan su formulación, implementación, seguimiento y evaluación.
Objetivo de la Política
De acuerdo con el artículo 4° de la Ley 2450 de 2025, la Política de Calidad Acústica tiene como objetivo:
“Fortalecer la evaluación y gestión interinstitucional de los diferentes actores, definir responsabilidades, así como fomentar la reducción de la contaminación acústica con el fin de garantizar el control de los impactos generados por ésta en la salud, el ambiente, la fauna, la convivencia, la salud ocupacional, entre otros.”
Asimismo, la Política incorpora los enfoques diferencial, territorial y de interseccionalidad en sus diferentes fases. Estos enfoques buscan reconocer las particularidades de los territorios y de los distintos grupos de población, así como las dinámicas de desigualdad, discriminación y exclusión que pueden incidir en la exposición y afectación asociada a la contaminación acústica. De esta manera, se busca contribuir al goce efectivo de los derechos y a la transformación positiva de los conflictos relacionados con los impactos nocivos del ruido y las afectaciones a la tranquilidad y la convivencia.
Objetivos específicos
En concordancia con el artículo 5° de la Ley 2450 de 2025, la Política de Calidad Acústica se orienta, entre otros aspectos, a:
- Mejorar la calidad acústica en el país, tanto en materia de ruido como de vibraciones, mediante la articulación y el fortalecimiento de la regulación y de las capacidades de las autoridades competentes para la gestión integral de la contaminación acústica y de los ruidos que afectan la tranquilidad y la convivencia. Esto comprende, además, el fortalecimiento de la participación ciudadana y la promoción de prácticas y tecnologías más silenciosas y menos contaminantes.
Ejes y líneas estratégicas
Para materializar los objetivos establecidos en la Ley 2450 de 2025, la Política de Calidad Acústica se desarrolla a través de ejes estratégicos, que constituyen el marco estructurante para orientar la actuación coordinada de las entidades del orden nacional y territorial en materia de prevención, evaluación, mitigación y control del ruido y las vibraciones.
Cada eje estratégico comprende un conjunto de líneas estratégicas que organizan la intervención institucional a partir de los principales hallazgos y necesidades identificados en el diagnóstico nacional. Estas líneas definen ámbitos prioritarios de actuación en materia institucional, técnica, normativa, territorial y financiera, y buscan promover la coherencia, complementariedad y articulación entre los diferentes sectores y niveles de gobierno.
A partir de estas líneas estratégicas se plantean acciones orientadoras que podrán ser incorporadas por las entidades del orden nacional y territorial en sus procesos de planeación de corto, mediano y largo plazo. Estas acciones buscan contribuir al cumplimiento del objetivo general y de los objetivos específicos de la Política, y constituyen orientaciones para la definición y desarrollo posterior de instrumentos normativos, técnicos, operativos y de planificación, así como de mecanismos de seguimiento y evaluación.
Las acciones propuestas no deben entenderse como resultados predeterminados, sino como orientaciones de política susceptibles de adaptación de acuerdo con las condiciones territoriales, institucionales, sociales, presupuestales y técnicas existentes. Su implementación deberá considerar los principios y enfoques establecidos en la Ley 2450 de 2025, incluyendo aquellos relacionados con los derechos humanos, el desarrollo sostenible, la investigación y la tecnología, la participación y el enfoque diferencial.
Articulación y responsabilidades institucionales
Para cada acción se identifican los actores institucionales vinculados a su desarrollo. Esta identificación no limita la participación de otras entidades que, de acuerdo con sus competencias, puedan contribuir a su implementación. Por el contrario, los actores institucionales definidos deberán promover la articulación con aquellas entidades cuya participación resulte necesaria para el cumplimiento de las acciones previstas.
En este sentido, las entidades que sean requeridas para apoyar la implementación de las acciones deberán prestar la colaboración correspondiente, de conformidad con los principios que rigen la función administrativa, entre ellos la celeridad, economía, eficacia, eficiencia, responsabilidad y transparencia.
En conjunto, los ejes, líneas estratégicas y acciones constituyen un marco orientador para fortalecer la gestión integral de la calidad acústica en Colombia, promover la coordinación interinstitucional y territorial y avanzar en la prevención, reducción y control de los impactos asociados al ruido y las vibraciones.
Consulte este Proyecto de Decreto en el siguiente enlace: Proyecto de Decreto – Política de Calidad Acústica en Colombia de la que trata la Ley 2450 de 2025


