Proyecto de Resolución – Términos de referencia para la elaboración del EIA de proyectos de uso de fuentes de energía geotérmica

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS a través de su Dirección de Asuntos Ambientales, Sectorial y Urbana pone a disposición del público el Proyecto de Resolución, “Por la cual se adoptan los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental – EIA, para el trámite de la licencia ambiental de proyectos de uso (explotación) de fuentes de energía geotérmica, y se toman otras determinaciones”.

El Proyecto de Resolución dispone la adopción de los Términos de Referencia identificados con el código TdR-020, para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) aplicable a los proyectos de uso (explotación) de fuentes de energía geotérmica.

Los términos de referencia adoptados serán de aplicación obligatoria tanto para las autoridades ambientales como para los particulares, dentro del trámite de licenciamiento ambiental, y deberán ser utilizados como marco técnico para la elaboración y evaluación del Estudio de Impacto Ambiental de los proyectos de uso (explotación) de fuentes de energía geotérmica.

El interesado en obtener la Licencia Ambiental deberá verificar que, en la elaboración del EIA, no se excluyan de la evaluación aquellos aspectos que puedan generar afectaciones o deterioro grave a los recursos naturales renovables, al ambiente en general, o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje.

De igual manera, el titular del proyecto podrá suprimir o aportar de manera parcial aquella información solicitada en los términos de referencia que considere no pertinente o no aplicable a las características específicas de su proyecto, obra o actividad, siempre que dicha omisión esté debidamente justificada y no comprometa la integralidad de la evaluación ambiental.

Finalmente, los proyectos de uso (explotación) de fuentes de energía geotérmica que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, hayan presentado el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental con base en términos de referencia fijados de manera específica, continuarán su trámite de licenciamiento y deberán ser evaluados conforme a dichos términos previamente establecidos.

La recepción de comentarios se realizará desde el 15 hasta el 30 de diciembre de 2025, a través de los correos KRomero@minambiente.gov.co y kvlopeza@minambiente.gov.co.

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