Proyecto de Resolución – Deroga la Resolución 0071 de 2021 con respecto al monitoreo preventivo de la calidad del aire ambiente en la zona carbonífera del Cesar

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS a través de su Dirección de Asuntos Ambientales Sectorial y Urbana – Grupo de Sustancias Químicas pone a disposición del público el Proyecto de Resolución, “Por la cual se deroga la Resolución 0071 de 2021 y se adoptan disposiciones para el monitoreo y seguimiento preventivo de la calidad del aire ambiente en la zona carbonífera del Cesar”.

El Proyecto de Resolución establece la derogatoria de la clasificación de las estaciones ZM13 “El Hatillo” (municipio de El Paso) y ZM20 “Costa Hermosa” (municipio de El Paso) como áreas-fuente de contaminación atmosférica alta (Clase I) por material particulado PM10 en la zona carbonífera del Cesar, la cual había sido definida mediante la Resolución 0071 de 2021. Lo anterior, en razón a que ya no se cumplen las condiciones técnicas que dieron origen a dicha clasificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.10.4 del Decreto 1076 de 2015.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Resolución 2254 de 2017, o la norma que la modifique, sustituya o adicione, la Corporación Autónoma Regional del Cesar (CORPOCESAR) deberá evaluar anualmente el cumplimiento de los niveles máximos permisibles de contaminantes criterio en la zona carbonífera del Cesar.

Dicha evaluación se realizará con base en la información recopilada por el Sistema Especial de Vigilancia de Calidad del Aire (SEVCA), así como en los resultados del modelo de dispersión de contaminantes atmosféricos. Los resultados deberán ser consolidados y publicados en un informe anual, el cual deberá elaborarse sin perjuicio de los lineamientos establecidos en el Protocolo para el Monitoreo y Seguimiento de la Calidad del Aire.

Este informe deberá incluir, como mínimo: (i) la delimitación actualizada de las áreas-fuente de contaminación atmosférica, cuando aplique, o de los polígonos en los cuales se excedan los niveles máximos permisibles de contaminantes criterio; (ii) los resultados del análisis espacio-temporal de las concentraciones de contaminantes criterio, con base en el monitoreo de calidad del aire y la modelación de dispersión; y (iii) la evaluación de las condiciones que podrían dar lugar a la clasificación de nuevas áreas-fuente de contaminación atmosférica, conforme a los criterios técnicos establecidos en el artículo 2.2.5.1.10.4 del Decreto 1076 de 2015 y la metodología definida en el artículo 16 de la Resolución 2254 de 2017, o las normas que los modifiquen, sustituyan o adicionen.

La recepción de comentarios se realizará desde el 11 al 26 de marzo de 2026, a través de los correos jsvanegas@minambiente.gov.co y mcabeza@minambiente.gov.co.

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