El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) emitió la Resolución 083 del 5 de febrero de 2026, “Por medio de la cual se unifican las actividades de bajo impacto ambiental y que generan beneficio social al inferior de las áreas de reserva forestal sin sustracción previa, y se adoptan otras disposiciones”.
La presente Resolución tiene como objeto definir las actividades de bajo impacto ambiental que, además, generan beneficio social y que pueden desarrollarse al interior de las áreas de reserva forestal sin necesidad de adelantar el trámite previo de sustracción, así como establecer las condiciones para su ejecución.
Para efectos de esta Resolución, se consideran actividades de bajo impacto ambiental con beneficio social, entre otras, las necesarias para la administración de las reservas forestales por parte de la autoridad ambiental competente; el montaje de infraestructura para actividades de campo en proyectos de investigación científica en diversidad biológica; las relacionadas con investigación arqueológica, de conformidad con los criterios establecidos por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH); la construcción de instalaciones rurales destinadas a la prestación de servicios públicos de educación, salud y recreación, siempre que no superen una (1) hectárea; la construcción de infraestructura para acueductos rurales, incluyendo las obras de captación, tratamiento, almacenamiento y distribución; la instalación de estaciones hidrometeorológicas y de monitoreo ambiental; y la ejecución de obras de protección de orillas y control de inundaciones.
Adicionalmente, la Resolución establece que las personas interesadas en desarrollar estas actividades deberán implementar medidas de manejo ambiental conforme a la normativa vigente. Entre estas se incluyen el adecuado manejo de vertimientos, residuos sólidos y líquidos, así como el uso legal de productos forestales en obras civiles e infraestructura, garantizando que cuenten con los permisos, registros y salvoconductos exigidos por la autoridad ambiental competente.
Asimismo, se dispone la obligación de mantener los niveles de ruido dentro de los límites permitidos y de adoptar medidas preventivas para evitar incendios forestales. En conjunto, estas disposiciones buscan asegurar el cumplimiento de la normatividad ambiental y la protección de los recursos naturales durante la ejecución de las actividades autorizadas, promoviendo un equilibrio entre la conservación ambiental y el desarrollo de iniciativas de interés social.
Consulte esta Resolución en el siguiente enlace: Resolución 083 de 2026 – Unificar las actividades de bajo impacto y que generan beneficio social al interior de las áreas de reserva forestal sin sustracción previa


